Con la llegada de la campaña de la Renta 2024, que comienza el próximo 2 de abril, es importante conocer no solo las novedades que aplican a este ejercicio, sino también los cambios que afectarán la Renta 2025, correspondientes al ejercicio fiscal en curso.

Estas modificaciones impactarán tanto en la obligación de declarar como en los impuestos que deberán pagarse. A continuación, te explicamos las principales novedades.

1. Aumento del Límite Exento de Declarar

En 2025 cambian los requisitos para estar obligado a presentar la declaración cuando se tienen dos o más pagadores.

El importe máximo que se puede recibir del segundo y siguientes pagadores sin obligación de declarar aumenta de 1.500 a 2.500 euros, siempre que los ingresos totales superen los 15.000 euros.

En términos prácticos, esto significa que quienes tengan varios empleadores y no superen los 22.000 euros anuales, no estarán obligados a presentar la declaración si el importe percibido del segundo pagador no excede los 2.500 euros.

2. Aumento de los Impuestos a las Inversiones

A partir de 2025, aumentará la tributación sobre las rentas del ahorro, es decir, los ingresos generados por inversiones.

El tramo más alto del IRPF para este tipo de rentas sube del 28% al 30%, quedando la tabla del ahorro de la siguiente manera:

  • Hasta 6.000 euros: 19%
  • Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
  • Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%
  • Entre 200.000 y 300.000 euros: 27%
  • Más de 300.000 euros: 30%

3. Nueva Reducción Fiscal para Artistas

Los trabajadores del ámbito artístico, como escénicos, literarios, audiovisuales y musicales, podrán beneficiarse de una reducción del 30% sobre sus rendimientos considerados excepcionales.

Para acceder a esta reducción, los ingresos del último ejercicio deberán ser un 130% superiores a la media de los tres años anteriores, sin superar los 150.000 euros anuales.

El objetivo de esta medida es evitar que los profesionales del sector se vean penalizados fiscalmente por un aumento puntual de ingresos.

4. Prórroga de las Deducciones por Eficiencia Energética

El Gobierno ha decidido extender por un año más las deducciones fiscales para obras de mejora en la eficiencia energética de viviendas.

Las deducciones seguirán estructuradas en tres modalidades:

  • Deducción del 20% sobre un máximo de 5.000 euros para obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y aire acondicionado.
  • Deducción del 40% sobre un máximo de 7.500 euros para obras que disminuyan un 30% el consumo de energía primaria no renovable.
  • Deducción del 60% sobre un máximo de 5.000 euros anuales (hasta 15.000 euros en tres años) para proyectos de rehabilitación energética en edificios.

5. Prórroga de la Deducción por Compra de Vehículos Eléctricos

Se mantiene la deducción del 15% en la compra de vehículos eléctricos sobre una base máxima de 20.000 euros.

Además, sigue vigente la deducción del 15% sobre un máximo de 4.000 euros para la instalación de puntos de recarga en viviendas y comunidades de vecinos.

6. Exención Fiscal para Donaciones a Trabajadores Afectados por la DANA

Las empresas que realicen donaciones a sus empleados para compensar los daños causados por la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) no tendrán que tributar por estos importes.

Esto significa que dichos fondos no deberán declararse en la Renta y, por lo tanto, estarán exentos de impuestos.

7. Prórroga del Sistema de Módulos para Autónomos

Como en años anteriores, el régimen de estimación objetiva (módulos) para autónomos se mantiene sin cambios en 2025.

Se prorrogan los límites máximos para acogerse a este sistema:

  • 250.000 euros de rendimiento neto anual.
  • 250.000 euros en volumen de compras y servicios.
  • 125.000 euros para autónomos que facturen a empresas y estén obligados a emitir factura.

Además, sigue vigente la reducción del 5% para autónomos en módulos, junto con una reducción adicional del 25% para aquellos afectados por la DANA.